El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado hoy, nuevamente, sobre la posibilidad de que la reclamación de la restitución de los gastos hipotecarios estuviera prescrita. El TJUE vuelva a dar un golpe a la banca y considera que el plazo de prescripción no empieza a contar hasta que el juez no declara la nulidad, o subsidiariamente el banco reconoce la misma.
En este nuevo pronunciamiento conocido hoy, el TJUE, parece que zanja el tema de la prescripción de forma definitiva. Así pues el dies a quo (o día de inicio del cómputo) comenzaría a contar desde que el juez declara la nulidad de la misma. Es en este momento cuando el Tribunal considera que el consumidor puede tener un conocimiento real de la nulidad de la cláusula. Y es desde este momento que el consumidor tiene un plazo determinado para reclamarlos.
En los dos fallos publicados, en referencia a los litigios de Bankia (actual Caixabank) y Banco Santander, destaca que es en la fecha en la que adquiere firmeza la resolución que determina que una cláusula contractual es abusiva y que declara su nulidad por esta causa, cuando entonces empieza a correr el plazo de prescripción.
En los últimos meses tanto los Juzgados como las diferentes Audiencias Provinciales tenían criterios dispares en cuanto a la interpretación de la anterior Sentencia del TJUE de 25 de enero de 2024 sobre el plazo para reclamar los gastos. Con esta nueva publicación parece que el TJUE se inclina por un criterio en beneficio del consumidor ampliando en consecuencia la posibilidad de reclamar la nulidad de la cláusula de gastos hipotecarios y la consecuente restitución de los importes abonados en concepto de Notaría, Registro, Gestoría y Tasación.
Así pues, si su hipoteca es anterior al año 2019 y usted todavía no ha hecho la reclamación al banco, o si éste le ha contestado negativamente, no dude en contactarnos. Recuerde que el banco puede devolverle entre 800,00 € y 1.600,00 € de media según el caso. En Bufete Ferrándiz Abogados le asesoraremos y efectuaremos las reclamaciones oportunas en base a la más reciente jurisprudencia. No deje pasar esta oportunidad y contáctenos ya.
Consulta la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 abril de 2024, sobre la cuestión prejudicial Juzgado 1ª Instancia 20 de Barcelona